Los avances y retrocesos durante más de veinte años de democracia tuvieron un cambio definido a mediados de 2003 dando fin a la etapa de impunidad. El 21 de agosto de 2003, el Senado de la Nación aprobó la anulación de las leyes de punto final y obediencia debida, que constituyó un impulso fundamental para la reapertura de los procesos por crímenes de lesa humanidad en la Argentina. El hecho marcó un hito en la búsqueda de verdad y justicia por los delitos cometidos durante el terrorismo de Estado. Por primera vez, los tres poderes del Estado decidieron eliminar uno a uno los obstáculos legales para investigar y sancionar a los responsables de los crímenes de lesa humanidad. El Congreso de la Nación declaró nulas las leyes de obediencia debida y punto final, la Corte Suprema de Justicia de la Nación las declaró inconstitucionales, y el Poder Ejecutivo derogó el Decreto 1581/01, que disponía el rechazo automático de los pedidos de extradición de personas requeridas en otros países por crímenes cometidos en la dictadura. Estas medidas implicaron la reapertura de más de mil causas judiciales en todo el país.

No sólo se produjo un crecimiento cuantitativo en materia de juicios. En los últimos tiempos, además, se avanzó en la diversificación y profundización de las investigaciones que permitió una mayor compresión histórica del fenómeno represivo. El juzgamiento de hechos anteriores al golpe de Estado de 1976, la reconstrucción de la responsabilidad de algunos sectores de la sociedad civil con las Fuerzas Armadas y de seguridad y la atribución de responsabilidades a los ideólogos y ejecutores de la represión en la comisión de los delitos contra la integridad sexual son algunos de los aspectos en los que se ha venido indagando.



Juicios / Colaboración Poder Judicial

En el marco de los numerosos juicios que investigan delitos cometidos por el accionar del aparato represivo del Estado, Tribunales Orales Federales solicitan la colaboración de esta Cancillería para tomar declaraciones testimoniales por Videoconferencia en las representaciones en el exterior.

A comienzos del año 2010, el Presidente del Consejo de la Magistratura realizó un pedido formal para establecer un mecanismo, entre el Consejo y esta Cancillería, que permitiera que cualquier testigo residente en el exterior que fuera requerido para brindar declaración testimonial en estos juicios, pudiera hacerlo con intervención de los cónsules y de las consulesas de nuestro país a través del sistema de  videoconferencia. De esta manera, el Poder Judicial evita el enorme gasto que implica trasladar a los testigos a la Argentina, además de permitir que todas/todos las/los testigos que quieran brindar su declaración puedan hacerlo desde su lugar de residencia, sin importar la relevancia de su declaración, aportando así al derecho que tienen las/los familiares a ser parte en el proceso judicial en el marco de las políticas de Memoria, Verdad y Justicia.

A tal fin, las/los testigos concurren al consulado argentino más cercano para brindar sus testimonios por videoconferencia, con la intervención del/la cónsul que da fe del acto.

La Comisión de Relevamiento para la Recuperación de la Memoria Histórica de esta Cancillería articula con otras instituciones archivísticas públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para aportar documentos de archivo que den cuenta de las graves violaciones a los DDHH en nuestro país a las causas judiciales por crímenes de lesa humanidad.